Reflexión

"Frente a las enfermedades que genera la miseria, frente a la tristeza, la angustia y el infortunio social de los pueblos, los microbios, como causas de enfermedad, son unas pobres causas."


Ramón Carrillo

Búsqueda avanzada desde aquí

21 ago 2009

Plan Nacer - Derechos y Obligaciones de los Efectores de Salud


Los derechos del efector serán los siguientes:

Recibir de la UGSP los fondos que permitirán mejorar la calidad de la prestación brindada a los beneficiarios.

Las obligaciones del efector serán las siguientes:

Brindar gratuitamente las prestaciones previstas en el nomenclador del Plan Nacer.
Respetar las medidas sanitarias vigentes y que tengan por objetivos la reducción de las tasas de mortalidad materno- infantil.
Alcanzar los objetivos sanitarios que determine la UGSP.
Mantener por cada beneficiario al que le preste un servicio una historia clínica actualizada.
Utilizar los formularios establecidos por el plan (Formulación de Asignación de Fondos, Liquidación de Prestaciones y los distintos informes prestacionales.
Remitir a la UGSP los informes que disponga el Plan Nacer.
Liquidar mensualmente y dentro de los diez primeros días las prestaciones efectivamente brindadas a los beneficiarios con los valores que rijan para la provincia.
Garantizar el libre acceso de los profesionales y auditores de la UEC, de la UGSP y de la auditoria externa concurrente del Plan.
Actuar como agente de inscripción de los beneficiarios y cumplir con el Plan de captación activa dispuesto por la UGSP.
Cumplir con las directivas de las campañas de comunicación y con los mecanismos de participación de los beneficiarios.
Aceptar el régimen de penalidades y debitos acordados con la UGSP.



No hay comentarios:

Publicar un comentario